Chaco: revocaron el permiso de ocupación de tierras de una comunidad del pueblo Qom

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Este lunes, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas tomó la decisión de revocar un permiso de la comunidad del pueblo Qom sobre un territorio ocupado en la localidad Makallé, provincia de Chaco. La medida se tomó luego de que una mujer se anunciara como copropietaria de una porción del inmueble en cuestión.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 5/2025, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual el Ejecutivo deja sin efecto un acto administrativo previo que reconocía la ocupación actual, tradicional y pública de tierras de la Asociación Civil Comunidad Indígena «Añi Alba de Colonia 54 Nagui Aiem».

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La decisión, firmada por Claudio Avruj, fue tomada luego de que se analizaran algunas irregularidades en el proceso administrativo previo, procedimiento que inició a partir de que una ciudadana, la cual asegura ser copropietaria de una porción del inmueble, realizará el planteo al respecto y presentara documentación para respaldar su postura.

El permiso de ocupación fue otorgado el 29 de noviembre de 2023 a través de la Resolución INAI N°144/2023. Posteriormente, Mariel Luisa Crespo, alegó que se violaba su derecho al debido proceso, a la defensa y a un plazo razonable y realizó el planteo de nulidad.

Entre otras cosas, la mujer argumentó que el procedimiento omitió la incorporación de documentación relevante que podría haber modificado el resultado del relevamiento técnico, jurídico y catastral.

«Habiendo efectuado un análisis de la documentación aportada, corresponde dar curso al recurso de revisión en los términos del artículo 22 de la Ley Nº19.549, por haberse omitido incorporar circunstancias objetivas y elementos fundamentales, y que de haberlo hecho en tal sentido no se hubiesen relevado y georreferenciado parte del inmueble identificado como Lote 175, propiedad de la representante», se indicó en el texto oficial.

Entre las «circunstancias objetivas y elementos fundamentales» omitidos en el relevamiento inicial se incluyen antecedentes jurisprudenciales y títulos que acreditan derechos de propiedad, motivo por el que el área del terreno que es propiedad de Crespo fue indebidamente cedida dentro de la zona reconocida de ocupación indígena.

A su vez, el ente encargado de lanzar la medida indicó que otros aspectos, como la cantidad de integrantes de la comunidad indígena y su carácter jurídico, deberán ser revisados y tratados por las autoridades provinciales.

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En este contexto, se le debió dar intervención a los organismos competentes del Gobierno provincial con el objetivo de tomar las medidas necesarias derivadas de la decisión de dejar sin efecto la antigua disposición.

Durante el inicio de este año, ocurrió también que se habilitó el desalojo de la comunidad autoproclamada mapuche Lof Paillako en Los Alerces, luego de que se venciera el plazo otorgado por el juez Federal de Esquel, Guido Otranto, para que el conjunto abandonara las tierras usurpadas de forma voluntaria.

AS./fl

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